Aunque los términos “Comercio Exterior” y “Comercio Internacional” se utilizan como sinónimos, existen diferencias entre ambos.
El Comercio Exterior tiene un carácter nacional. Es un acto de comercio entre residentes de un país con los de un país extranjero, teniendo en cuenta los requisitos administrativos, bancarios y fiscales que las legislaciones de ambos países de exigen. O sea, se rigen por el Derecho Internacional Privado.
Por otro lado, el Comercio Internacional se refiere a movimientos comerciales y financieros que desarrolla un Estado con particulares de otro país o entre dos Estados diferentes. Tiene un carácter universal, siendo regido por el Derecho Internacional Público.
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